El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, ha resuelto sobre la Sentencia de Derecho de Familia 641/2018, de 20 de noviembre que procede a extinguir el uso de la vivienda familiar atribuido al cónyuge y a sus hijos, como consecuencia de la convivencia en la misma de la nueva pareja. La labor de los detectives en la recuperación de la vivienda familiar
¿Puedo recuperar el derecho de uso de la vivienda familiar?
Argumentos del Pleno de la Sala Primera:
- Alteración de la naturaleza de la vivienda familiar. La introducción de un tercero en la vivienda en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se beneficia del uso, por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar.
- Perjuicio para el progenitor no custodio. Cada persona es libre de tener las relaciones que quiera o pueda, no se cuestiona esa libertad. Lo que se cuestiona es que esa libertad se utilice en perjuicios de otros.
- La nueva relación de pareja es una variable que influye en la compensatoria, en el derecho a permanecer en la casa e incluso en el interés de los hijos. Es decir, una nueva relación de pareja por parte del progenitor que tiene atribuido el uso y disfrute de la vivienda que constituyó el domicilio familiar, forma una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta en su día a la hora de atribuir dicho uso.
- El derecho de uso de la vivienda familiar deja de existir. La introducción de una tercera persona, hace perder a la vivienda su antigua naturaleza, «por servir en su uso a una familia distinta y diferente».
Labor de los detectives para recuperar la vivienda familiar
La labor de los detectives en la recuperación de la vivienda familiar es un servicio habitual en los despachos de investigación.
Se valora el hecho de la convivencia de un tercero en la que fuera vivienda familiar, como una variable fundamental para acordar la extinción del uso, sin que ello implique desatender el interés de los menores.
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